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¿Pueden los trabajadores independientes acceder a los beneficios tributarios del Ahorro Previsional Voluntario (APV)? ¿Cuáles son los requisitos?

Si, para obtener los beneficios tributarios asociados al APV, los independientes deben estar afiliados a alguna AFP, declarar rentas y cotizar obligatoriamente para pensiones (aproximadamente 12,3% de la remuneración imponible - RI -) y salud (7% de la RI).

El monto máximo de APV con beneficio tributario que pueden realizar los independientes, depende directamente de las cotizaciones obligatorias realizadas a la cuenta de capitalización individual (CCI) de pensiones, tal como se muestra a continuación:

Monto máximo APV independientes = Valor UF x 8,33 x N° UF de cotizaciones obligatorias a CCI pensiones en el año. Con todo, el valor resultante no puede ser superior a UF 600 en el año.

Requisitos:

  • Ser Mayor de 18 años.
  • Ser Trabajador dependiente, independiente o pensionado.
  • Estar cotizando o haber realizado cotizaciones obligatorias en el sistema de AFP o en el Instituto Previsión Social (IPS).
  • Poseer Cédula de Identidad vigente.

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