Cuenta Corriente Digital
Cuenta de Ahorro
Estudio Seguro
Ahorra desde hoy para tu futuro profesional.
Cuenta de Ahorro reajustable en UF para financiar los estudios superiores de un menor de 18 años. Permite realizar giros de hasta UF 30 diarias sin aviso previo y en caso de requerir montos mayores debes dar aviso con 7 días de anticipación.
Todo lo que necesitas saber de la
Cuenta de Ahorro Estudio Seguro
Efectivamente, el Apoderado puede solicitar Abonos Automáticos a la Cuenta de Ahorro. Hazlo con cargo a tu Cuenta Corriente, CuentaRUT o Cuenta Vista.
Procede el cierre voluntario por parte del Apoderado o Titular en los siguientes casos:
Cuando opta por traspasar el saldo total de la cuenta a otra institución financiera para lo cual deben haber transcurrido a lo menos 180 días desde la fecha de apertura o del traspaso anterior, si corresponde, y en la medida que el titular no haya sido beneficiado con el crédito universitario.
Podrá cerrar la cuenta en cualquier momento, sin costo, girando el saldo y dando aviso en ese sentido; no obstante, si lo hace antes de la época en que corresponda el abono de los intereses y reajustes en la cuenta, si procediere, perderá su derecho a percibir dicho abono por estos conceptos.
Cuando el titular de la cuenta haya obtenido una beca en su beneficio para atender los gastos derivados de los estudios de nivel superior, podrá cerrar la cuenta, sin costo, girando el saldo, una vez acreditada ante el Banco la obtención de la beca.
En el caso de las Cuentas de Ahorro Estudio Seguro que sean de giro diferido, si se pretende girar un monto superior a UF 30 se debe dar aviso por escrito con 7 días de anticipación.
Comprende un seguro de vida por fallecimiento que cubre desde el mínimo del Plan contratado, que puede ir desde UF 50 a UF 1.000.
El monto mínimo es de 50 UF.
El Banco podrá cerrar esta cuenta, previo abono de intereses, si procede, en los siguientes casos: Si el titular incurriere en cualquier infracción o incumplimiento a las disposiciones del Contrato;
Si el titular incurriere en mora o simple retardo en el pago de cualquier suma que adeude al Banco;
En caso de rechazar el cliente o no manifestar su voluntad a una propuesta de modificación del contrato;
Revocación de cualquiera de los mandatos comprendidos en el contrato;
Si en el lapso de un año la cuenta no registra saldo ni movimientos;
Fallecimiento del titular.
El Banco comunicará el cierre al titular mediante un aviso por escrito, el que tendrá efecto una vez transcurridos a lo menos 60 días hábiles desde la fecha de la comunicación.