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¿Estoy obligado a contratar

Seguro para cualquier Crédito Hipotecario?

Por ley, es obligatorio para los créditos hipotecarios, la contratación de los seguros de Desgravamen e Incendio, sismo y adicionales como salida de mar y otros, con el objeto de proteger los bienes dados en garantía o el pago de la deuda frente a determinados eventos que afecten al deudor.

Para créditos hipotecarios con subsidio, además es obligatorio contratar el seguro de Desempleo o Incapacidad Temporal, sin costo para el cliente.

De forma opcional se pueden contratar coberturas adicionales de Invalidez Total y Permanente 2/3, Desempleo o Incapacidad Temporal y seguros que amparen los contenidos. Puedes contratar la póliza colectiva a través del Banco o una póliza particular, siempre y cuando cumpla con los requisitos de cobertura exigidos por la CMF. 

Recuerda que puedes

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