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Crédito con Aval de Estado

Puedes solicitar el Crédito con Garantía Estatal para financiar tus estudios superiores en Instituciones acreditadas y que formen parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.

Crédito con Aval del Estado (CAE)

Solicita tu Crédito con Garantía Estatal para financiar tus estudios superiores.

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Todo lo que necesitas saber del CAE

Este financiamiento se solicita a través de Comisión Ingresa. Podrás encontrar toda la información en www.ingresa.cl

El Crédito con Garantía Estatal (CAE) es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera de pregrado en instituciones de educación superior acreditadas que formen parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.

Actualmente hay alrededor de 90 instituciones de educación superior participando del Sistema del CAE, entre universidades del Consejo de Rectores, universidades privadas, institutos profesionales, centros de formación técnica y escuelas matrices de las Fuerzas Armadas. 

No hay obligación de pagar mientras estudias. El cobro del Crédito se inicia:

  • 18 meses después de tu egreso, fecha notificada por tu institución de educación superior a Comisión Ingresa, o bien,
  • Cumplidos dos años consecutivos sin matrícula. En tal caso se declara la deserción académica y el cobro de la deuda se hace efectivo en el mes de noviembre del segundo año sin matrícula informada.

Características:

No requiere de aval. El Crédito es otorgado por el sistema financiero con el respaldo de dos garantes o avales: La institución en que está matriculado el estudiante y el Estado.  La garantía no significa condonación de la deuda, el responsable del pago del crédito es siempre el estudiante.

La deuda se paga en un máximo de 10, 15 o 20 años. Es posible realizar prepagos (pagos anticipados) de a lo menos el 10% del total adeudado (incluyendo comisiones e intereses).

Se asigna para todos los años que dure la carrera. El CAE cubre la malla curricular completa de la carrera. Por lo tanto, si obtienes el financiamiento, no necesitas postular cada año. La renovación del crédito se solicita en  www.ingresa.cl. 

El beneficiario determina  el monto del crédito que solicitará anualmente, en función de sus necesidades. Puedes pedir: 

  • El 100% del Arancel de Referencia  de tu carrera.
  • Un monto específico superior a $200.000 anuales e inferior al Arancel de Referencia respectivo.
  • "Monto cero", si por uno o más años de tu carrera, no necesitas financiamiento.

Debes firmar un contrato para declarar de manera expresa y formal que aceptas este crédito otorgado por una institución financiera y que te comprometes a pagarlo en los plazos establecidos por la Ley N° 20.027. El contrato que firmes permitirá que el financiamiento que solicitaste sea transferido a tu institución de estudios.

Si no firmas, perderás el crédito, debiendo postular nuevamente para obtenerlo.

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
  • Postular al beneficio a través de www.ingresa.cl y posteriormente informarte sobre los resultados.
  • Matricularse en alguna de las Instituciones de Educación Superior que participan del sistema de Créditos con Garantía Estatal. Puedes revisar la nómina de Instituciones en www.ingresa.cl e informarte sobre los requisitos.
  • No hay limitaciones de edad para postular al crédito

Te recomendamos mantenerte siempre atento a las informaciones que entrega el sitio de Ingresa.

Desde el año 2012 la tasa de interés del crédito es de UF + 2% anual.

 

Preguntas Frecuentes

Firma del Crédito con Garantía Estatal año 2025

¿Para qué debo firmar el Crédito CAE?

La firma de la documentación legal es la última etapa del proceso anual de Asignación del Crédito CAE. Si has sido seleccionado/a con esta ayuda del Estado y la vas a necesitar para financiar tus estudios superiores, debes firmar el contrato del CAE para declarar, de manera expresa y formal, que aceptas el Crédito otorgado por una institución financiera; que autorizas a que sea transferido a la institución de estudios en la que estás matriculado/a; y que te comprometes a pagarlo en los plazos establecidos por la Ley N° 20.027.

Si no firmas, se entenderá que NO necesitas el Crédito CAE. En tal caso, es importante que te acuerdes de pactar, directamente con tu institución, otra forma de pago del arancel de tu carrera.

¿Cuándo, cómo y dónde debo firmar el contrato del Crédito CAE 2025?

Si estás seleccionado/a para utilizar esta ayuda del Estado, A PARTIR DEL MIERCOLES 29 DE OCTUBRE 2025, lee cuidadosamente tu MENSAJE DE ASIGNACIÓN FINAL, al que podrás acceder digitando tu RUT en www.ingresa.cl.

Tener presente:

  • Al firmar, debes presentar tu cédula de identidad vigente y fotocopia de la misma por ambos lados. No está permitido firmar con la cédula vencida o en trámite.
  • Como resultado del trámite, recibirás un Comprobante de Firma, que debes conservar.
  • Una vez que hayas firmado el contrato, será tu responsabilidad hacer seguimiento de la validación final del documento suscrito, en la misma plataforma de agendamiento (creditocae.cl), donde podrás advertir si hay alguna alerta de reparo (por ejemplo, si no fue aceptada tu firma porque no corresponde a la de la cédula de identidad). En tal caso, será clave que concurras a la brevedad posible a subsanar el problema para que puedas recibir el Crédito que has solicitado.

¿Cuándo se transferirá el monto del crédito solicitado a mi institución de educación superior?

El financiamiento solicitado por los/las estudiantes seleccionados/as que firmarán sus contratos este 2025, será transferido a las respectivas casas de estudio, durante el segundo semestre del año.

Importante: independientemente de la fecha en que se traspase el Crédito CAE que firmaste a tu institución de estudio, del arancel anual de tu carrera, tienes derecho a pagar únicamente la diferencia no cubierta por el Crédito CAE y por otras ayudas estudiantiles que hayas obtenido.

¿Qué pasa si no firmo el contrato?

Si NO firmas, se entenderá que NO requieres de esta ayuda del Estado para financiar tus estudios de educación superior. En tal caso, recuerda pactar otra forma de pago del arancel de tu carrera, directamente con el Área de Finanzas de tu institución de educación superior.

¿Son iguales los créditos, aunque los bancos sean diferentes?

Sí. Las condiciones de este crédito están reguladas por ley y son exactamente las mismas, independientemente del banco que otorgue el financiamiento, puesto que la documentación que firman los beneficiarios ha sido elaborada por Comisión Ingresa, no por los bancos.

Si soy menor de edad, ¿puedo firmar el Crédito?

Si eres menor de 18 años, la documentación legal del CAE deberá ser firmada por tu representante legal, en tu nombre (pues, para todos los efectos legales, el deudor es siempre el estudiante).

En este caso, además de tu cédula de identidad y fotocopia de la misma por ambos lados, tendrás que presentar la siguiente documentación:

  1. 1. La cédula de identidad vigente de tu representante legal (ya sea padre, madre o ambos conjuntamente), con una fotocopia de la misma por ambos lados.

Si tu representante legal es extranjero, podrá firmar con su cédula de identidad vigente y una fotocopia de la misma por ambos lados.

Consulta el estado de la vigencia de tu documento de identidad.

  1. 2. Alguno de los siguientes documentos: certificado de nacimiento para fines especiales (en original, con subinscripciones si las hubiere, y de una antigüedad no superior a 60 días); la libreta de familia; o bien, la Resolución Ejecutoriada del Tribunal, donde conste quién tiene tu cuidado personal.

Importante: en el caso que tus padres vivan separados y no exista un acuerdo sobre tu cuidado personal, la representación corresponderá con quien te encuentres viviendo.

¿Pueden solicitarme un aval familiar?

No. Según lo establecido por ley, tus avales son el Estado y la institución de educación superior en la que estudias con apoyo del Crédito CAE.

Está expresamente prohibido que los bancos soliciten garantías adicionales para el otorgamiento de este Crédito.

¿Puedo modificar el monto solicitado u otros datos, antes de firmar?

Sí, el proceso de firma del Crédito CAE considera un plazo para que puedas solicitar correcciones o cambios en los datos básicos del contrato (carrera, institución y/o monto) a través de la plataforma www.creditocae.cl

Recuerda que, si solicitas uno o más reparos a los datos de tu contrato del CAE, luego debes contactar al Área de Ayudas Estudiantiles de tu casa de estudios, para que esté en antecedentes de la modificación que quieres realizar. Ten presente que solamente si el cambio es aceptado y, luego, comunicado a Comisión Ingresa por tu institución, podrás firmar el contrato con la corrección que solicitas.

Comisión Ingresa te avisará por mensaje electrónico si el cambio que pediste fue aceptado por tu institución de educación superior, por eso, es importante que estés atento/a al email que registraste.

¿Por qué el monto definido para mi Crédito es $0 (cero) en circunstancias de que requiero financiamiento?

Para resolver esa duda, deberás acercarte al Área de Ayudas Estudiantiles de tu casa de estudios, de modo que revisen tu situación en particular.

Si luego de firmar, me doy cuenta de que necesitaba un monto menor al solicitado, ¿qué puedo hacer?

Deberás gestionar que tu casa de estudios devuelva al banco la diferencia entre lo que pediste y el monto que efectivamente utilizarás (vía prepago). De esa forma, el excedente será descontado de tu deuda con el banco.

¡Importante! Los intereses generados por lo anterior serán de costo del estudiante. Por eso, si resultas seleccionado/a con el Crédito CAE, es importante que, ANTES DE FIRMAR, verifiques bien, en tu mensaje de postulante de ingresa.cl, cuál es el monto de Crédito informado, además de los datos personales y académicos que contendrá tu contrato del CAE.

Ya firmé el contrato del Crédito CAE ¿Cuáles son los siguientes pasos?

Una vez que hayas firmado el contrato del Crédito CAE, la documentación seguirá su tramitación legal: primero será revisada por un Notario Público y, luego, por el banco administrador del crédito.

Esta etapa demora algunas semanas. Cuando concluya, Comisión Ingresa te notificará, por correo electrónico, que finalizó exitosamente la asignación de tu Crédito CAE.

¿Es necesario firmar el Crédito cada año de mi carrera?

No. El contrato se firma sólo el año en que accedes por primera vez al financiamiento. En lo sucesivo, deberás renovar el beneficio, matriculándote para el año siguiente en los plazos establecidos por tu institución, e indicando el monto de crédito que vas a requerir para financiar ese año, en la sección “Mi Crédito CAE” de www.ingresa.cl.

¡Atención! Si harás continuidad de estudios con un segundo Crédito, será necesario que firmes nuevamente la documentación para acceder al beneficio. Infórmate aquí.

¿Dónde pueden responder mis dudas?

Si tienes consultas acerca del procedimiento de firma o problemas con el agendamiento, contacta

  • al Call Center 600 667 66 66 (lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas)
  • al WhatsApp, al que podrás acceder, durante tu etapa de firma, desde la plataforma creditocae.cl

Recuerda que también puedes enviar tus preguntas al Sistema de Atención de Consultas de Comisión Ingresa, o escribir en el muro de www.facebook.com/comisioningresa

Preguntas Frecuentes del Crédito con Aval del Estado

¿En qué consiste el Crédito con Garantía Estatal (CAE)?

El CAE es un beneficio del Estado. Se otorga a los estudiantes con mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera, en alguna de las instituciones de Educación Superior (IES), acreditadas y que forman parte del sistema de crédito con garantía estatal.

 Para mayor información, visita www.ingresa.cl

¿Cómo postular al Crédito con Garantía Estatal (CAE)?

Si deseas postular al CAE tienes que entrar al sitio web de la Comisión Ingresa (entidad administradora del CAE) y revisar los requisitos y proceso de postulación, en www.ingresa.cl

¿Cuánto es el monto que se puede solicitar para el Crédito con Garantía Estatal (CAE)?

El monto se ajusta a las necesidades de cada estudiante con un mínimo anual y un máximo equivalente al 100% del Arancel de Referencia, el cual se establece cada año por el Ministerio de Educación para cada carrera e institución de educación superior.

Revisa los valores de los Aranceles de Referencia de la carrera/institución en www.ingresa.cl

¿El crédito incluye un seguro?

Sí, este crédito incluye seguros de desgravamen e invalidez sin costo para el estudiante. Por lo tanto, si ocurre un fallecimiento o invalidez permanente del estudiante, la familia no se queda con la deuda.

¿Es posible que me soliciten un aval?

No. Por ley está expresamente prohibido que los bancos soliciten garantías adicionales al estudiante o a su familia para el otorgamiento de este crédito.

¿Se pueden prepagar estos créditos?

Sí, se pueden efectuar prepagos parciales o totales sujeto a las siguientes condiciones: Los prepagos están afectos a una comisión. Los prepagos no podrán ser inferiores al 10% del saldo insoluto del total de los créditos desembolsados.

A través del botón de pago del sitio de Créditos de Educación ¿Puedo pagar más de una cuota? Sí, se puede pagar más de una cuota, siempre y cuando sean correlativas y no haya 2 cuotas vencidas. Puedes pagar un máximo de 4 cuotas correlativas.

¿En qué consiste este beneficio de suspensión por Cesantía?

Consiste en la posibilidad de solicitar que no te cobren las cuotas de tu Crédito con Garantía Estatal durante 6 meses (renovables por igual período, presentando una nueva solicitud), si es que perdiste tu empleo o no has encontrado alguno.

 Si estás en alguna de esas dos situaciones, también deberás acreditar, si es del caso, que los ingresos de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil son insuficientes como para cumplir el compromiso de pago de tu Crédito.  La documentación y postulación la puedes revisar en www.ingresa.cl

¿Qué es el Seguro Desgravamen e Invalidez Total y Permanente 2/3 para Créditos con Garantía Estatal (CAE)?

Seguro orientado a los deudores de los créditos CAE otorgados por BancoEstado, cubre el saldo insoluto del crédito en caso de fallecimiento del deudor asegurado, o por la declaración de Invalidez Total y Permanente 2/3 de éste, como consecuencia de enfermedad o accidente, durante la vigencia del crédito.