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Monto del Crédito desde UF 1.000 hasta UF 5.000
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Te permitirá comparar más fácilmente entre los distintos oferentes del mismo producto crediticio.
Si eres trabajador Dependiente:
◦ Certificado que indique antigüedad, renta mensual y tipo de contrato que posees (debe ser contrato indefinido). El documento debe estar firmado y timbrado por el empleador.
◦ Si tienes renta fija, 3 últimas Liquidaciones de Sueldo.
◦ Si tienes renta variable, 6 últimas Liquidaciones de Sueldo.
◦ Certificado de cotizaciones previsionales de los últimos 12 meses emitido por la AFP o fotocopias de las planillas del INP, cuando corresponda.
Si eres trabajador Independiente:
◦ Formulario de Iniciación de Actividades.
◦ Boletas de Honorarios correspondientes a los últimos 6 meses.
◦ Últimas 2 Declaraciones de Impuestos Anual a la Renta o Global Complementario.
Si eres Jubilado o Pensionado:
Si eres Rentista:
Si eres Socio de una Empresa o persona natural con o sin giro comercial:
Revisa los documentos legales que necesitas aquí.
Corresponden a los gastos estimados asociados a tu crédito hipotecario. Estos gastos debes provisionarlos una vez que tengas tu crédito aprobado para el pago de los siguientes ítems:
Tasación, informe que realiza un tasador (ente externo al Banco) que permite conocer el valor comercial de la propiedad y definir el monto que el Banco podrá financiar. El costo de la tasación va a depender de la localidad y del valor de la propiedad.
Estudio de Títulos, informe legal de la propiedad que permite asegurar que no exista ninguna situación de ámbito legal que impida su venta o la posterior inscripción de la hipoteca en el Conservador de Bienes Raíces, por ejemplo que la propiedad no esté sujeta a expropiación o que todas las contribuciones están pagadas, que los cambios de dueños anteriores estén en regla, etc. Con el estudio de títulos aprobado se confecciona la Escritura de compraventa.
Confección de la Escritura, documento que confecciona el área legal del Banco, en él se pactan las condiciones de compraventa de la propiedad y se especifican las condiciones del crédito hipotecario.
Gastos notariales: corresponden al pago de impuestos y honorarios, pago se realiza en la Notaría al momento de la firma de la escritura y pueden variar según el valor de la vivienda y la localidad en dónde se encuentre la notaria.
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: Una vez firmada la Escritura por todas las partes involucradas, se ingresa al Conservador de Bienes Raíces, en donde se inscribe la propiedad a nombre del nuevo comprador, acreditando su dominio sobre ella y la hipoteca a favor de BancoEstado. El costo asociado a esta inscripción corresponde a un porcentaje sobre el valor de la vivienda.
Seguros Obligatorios:
Seguros de Desgravamen: Cubre el saldo insoluto de la deuda del crédito ante muerte natural o accidental del asegurado.
Incendio y Sismo: Cubre los daños en caso de incendio de la propiedad en garantía y la cobertura adicional de sismo cubre los daños materiales que sufra la propiedad a consecuencia de un sismo, ambos hasta el monto que se ha contratado. No cubre daños que sufran los bienes al interior de la vivienda.
Desempleo o Incapacidad Temporal: Es obligatorio sólo para créditos con Subsidio y financiado por el Ministerio de Vivienda. Se selecciona uno u otro según su condición laboral del cliente (dependiente o independiente) al momento de la contratación. Cubre por un período determinado, las cuotas correspondientes al servicio de la deuda del asegurado que no puedan ser pagadas a causa de cesantía involuntaria o incapacidad temporal.
Seguros Opcionales:
Desgravamen con Invalidez Total y Permanente 2/3: Adicional al seguro de desgravamen, cubre la invalidez total y permanente 2/3 en caso de una enfermedad o accidente que implique la pérdida de 2/3 de la capacidad de trabajo ya sea incapacidad física o intelectual.
Desempleo o Incapacidad Temporal: Cubre por un período determinado, las cuotas correspondientes al servicio de la deuda del asegurado que no puedan ser pagadas a causa de cesantía involuntaria o incapacidad temporal.
Existen 3 tipos de tasas a los que se puede optar dependiendo del tipo de financiamiento:
Fija: Tasa fija durante todo el período del crédito que se pacta en el origen del crédito.
Mixta: Tasa fija por los primeros 3 o 5 años y luego tasa fija por el resto del período dependiendo del plazo total solicitado, ambas se pactan en el origen del crédito.
Variable: Tasa fija por los primeros 3 o 5 años que se pacta en el origen y luego variable año a año a partir del cuarto o sexto año respectivamente.
| Financiamiento SIN subsidio habitacional | Financiamiento Con Subsidio habitacional MINVU |
| Solo personas naturales. | |
| Financiamiento hasta 90% del valor de la propiedad (menor valor entre la tasación y precio de venta) | |
| Tasa fija por todo el período, subsidiada por el Estado. | |
| Plazo del crédito hasta 30 años. | |
| Solo vivienda nuevas (primera venta efectuada sobre la vivienda) | |
| Puede comprar mas de 1 vivienda. | Solo primera vivienda. |
| Para compra de viviendas nuevas hasta un valor de UF 4000.- incluyendo estacionamiento y bodega para deptos. | Para compra de viviendas nuevas hasta un valor de UF 3000.- incluyendo estacionamiento y bodega para deptos. |
| Presentar declaraciones juradas simples de la Inmobiliaria y del comprador (1). | |
| Cumplir con las políticas de evaluación comercial y de riesgo definidas por el Banco. | |
(1) Declaración jurada de la Inmobiliaria vendedora debe decir que la operación corresponde a la primera venta del inmueble, que no excede el precio exigido y que no se han aplicado aumentos en su precio derivados de la expectativa del subsidio. Declaración jurada del comprador debe señalar que la promesa es elegible para el beneficio y que cumple con los requisitos exigidos en caso de contar con subsidio. Una 2da declaración jurada debe señalar el destino que se dará a los recursos otorgados.