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Seguro Protección Global MYPE

Con nuestro seguro de Protección Global MYPE el asegurado recibirá una cobertura integral a los bienes físicos ante diversos riesgos, fundamentales para la estabilidad y continuidad de los servicios y actividades que realizan los clientes del segmento Pequeñas Empresas y Microempresas.

Cobertura de Incendio

Daños materiales por:

  • Incendio y consecuencia del mismo (calor, humo o vapor).
  • Medios empleados para extinguir o contener incendio y demoliciones.
  • Explosión y deterioros que sufra la materia asegurada por efecto de rayos.
  • Límite máximo a indemnizar es el monto asegurado.

Gastos:

  • Traslado de Bienes Muebles asegurados por remoción de escombros.
  • Acreditables para atenuar un siniestro.
  • Por honorarios, viáticos, viajes y estadías de profesionales relacionados única y directamente con la reconstrucción, reparación o restitución de los bienes dañados.
  • Límite máximo a indemnizar: hasta el 10% del monto asegurado, con un máximo de UF 300.

Valor de rentas de arrendamiento hasta 6 meses, con un máximo mensual a indemnizar de un 1% del monto asegurado.

Cobertura de Daños materiales:

  • Sismo.
  • Riesgos de la naturaleza: erupción volcánica, salida de mar, inundación, huracán, ciclón, avalancha, aluvión, deslizamiento, viento, filtración de lluvias, entre otros.
  • Acción directa e inmediata de vehículos motorizados y aeronaves por: la caída de sus partes o piezas o de su carga (no explosivos).
  • Huelga y/o de la acción de terceros, con un sublímite del 50% del monto asegurado.
  • Colapso total o parcial del Bien Raíz producido por circunstancias ajenas a la naturaleza y estructura del mismo.
  • Peso de nieve o hielo, incluyéndose granizo.
  • Por agua proveniente de rotura de cañerías, desagües o desbordamientos de estanques matrices del bien asegurado.

Cobertura de Robo:

  • Daños por destrucción o deterioro de bienes muebles, ocasionados durante ejecución del robo con fuerza en las cosas o con violencia en las personas.
  • Pérdida de Bienes Muebles que por un robo con fuerza en las cosas o con violencia o intimidación en las personas, fuesen sustraídos desde la ubicación asegurada.
  • Límite máximo a indemnizar hasta el monto asegurado.

a) Bienes Excluidos:

  • Oro, plata, platino y otros metales preciosos, perlas, joyas y piedras preciosas o semipreciosas.
  • Bienes cuyo valor excede el de los materiales que los componen: medallas, cuadros, estatuas, frescos, murales, colecciones y, en general, objetos muebles que tengan valor artístico, científico, histórico, manuscritos, planos, fotografías, dibujos, títulos, documentos, dinero en efectivo, sellos, monedas, billetes de banco, cheques, bonos, acciones, letras, pagarés, libretas de ahorro, certificados de depósito, libros de contabilidad, recibos, facturas, y otros medios de archivos computacionales.
  • Armas y explosivos.
  • Bicicletas y motos, automóviles, buses, camiones, camionetas, minibuses, vehículos aéreos o marítimos, incluyendo sus accesorios.
  • Animales terrestres, aves o peces.
  • Bienes ajenos que el Asegurado tenga a cualquier título.
  • Dinero en efectivo para locales comerciales, que se encuentren depositados dentro de una caja de seguridad o caja registradora.

b) Exclusiones Generales:

  • A. Guerra; invasión; actos de enemigos extranjeros; hostilidades u operaciones bélicas, guerra civil, rebelión, sedición, conmociones civiles con carácter de alzamiento popular, alzamientos militares, revoluciones, poderes militares o usurpados, ley marcial, confiscación, nacionalización, requisición, destrucción de la propiedad, o daños a la propiedad causados u ordenados por cualquier gobierno o autoridad pública o local.
  • B. Experimentos de energía atómica o nuclear, emisiones radioactivas, contaminación por radioactividad, efectos de cualquier combustible nuclear o de cualquier residuo de su combustión.
  • C. Filtraciones, polución y/o contaminación biológica y/o química. No se considerará el terreno, agua y/o aire como materia asegurada.
  • D. Vicio propio de la materia asegurada o sean una consecuencia de su combustión espontánea.
  • E. Acto malicioso cometido por el propio Asegurado, Contratante o Beneficiario, sus trabajadores dependientes y/o familiares hasta el segundo grado inclusive.
  • F. Explosivos depositados en la ubicación asegurada, cualquiera sea el título bajo el cual los posea el Asegurado.
  • G. Ataques cibernéticos, entendido como perjuicio infringido, de cualquier computador, sistema de computación, programa software de computador, código malicioso, virus de computador o procesador o cualquier otro sistema electrónico.
  • I. Bienes Muebles que se encuentren fuera de los deslindes de la ubicación asegurada.
  • J. Inmuebles construidos parcial o totalmente de adobe y sus contenidos. Exclusión sólo aplica a la Cobertura de Incendio y Daños Materiales por Sismo.

c) Exclusiones para Daños Materiales:

  •  Causados por filtración de lluvias cuando la techumbre o muros del Bien Raíz estén dañados con anterioridad al fenómeno climático que lo ocasiona, debido a negligencia inexcusable del asegurado, o por mala construcción o defectos en el diseño de la materia asegurada.
  • Que tuvieran su origen o resultaran una consecuencia directa o indirecta de:
    • Desbordamiento o rotura de canales o bajadas de aguas lluvias, de lavatorios, baños, lavaplatos u otros artefactos similares existentes en el inmueble donde se encuentren los bienes asegurados.
    • Descarga o filtración de sistemas de “sprinklers” o rociadores.
  • Aquellos daños materiales ocasionados por el colapso del edificio que tuvieran su origen o fueran una consecuencia directa o indirecta de: a) Un diseño y/o planos defectuosos. b) La utilización y/o uso inapropiado de materiales y/o mano de obra. c) Alteraciones en el terreno en forma posterior a la construcción producido por un motivo distinto del indicado en la descripción de la cobertura del Art. 7 letra (e) de la POL 120150767. “La materia asegurada no se entenderá como pérdida o dañada únicamente por la detección de las letras a), b) y/o c) precedentes”.

d) Exclusiones para Robo:

  • Pérdidas o daños derivados de hechos que no sean constitutivos de delito de robo con fuerza en las cosas o robo con violencia en las personas en cualquiera de sus etapas de ejecución.
  • Pérdidas o daños de los bienes asegurados si el bien raíz que los contiene hubiere estado desocupado por un período superior al indicado en las Condiciones Particulares de la póliza antes de detectarse la pérdida.

Requisitos

Para contratar este seguro, debes ser cliente BancoEstado (personas jurídicas o naturales), con o sin giro comercial y que cuenten con medio de pago BancoEstado vigente.

  • En el caso que el Asegurado sea el propietario de la dirección asegurada y de los bienes muebles de dicha propiedad, el seguro cubrirá ambos bienes.
  • En el caso que el Asegurado solo sea arrendatario de la dirección asegurada, el seguro cubrirá solo los bienes muebles de la propiedad.
  • En el caso que el Asegurado sea el propietario de la dirección asegurada, pero la entregue en arriendo a un tercero, el seguro cubrirá solo el bien inmueble.
  • Si la dirección asegurada cuenta con un seguro vigente solamente sobre la estructura, puede contratar el Seguro Protección Global para asegurar el contenido.
  • Se establece un máximo de 1 seguro por ubicación y un máximo de 5 seguros por Cliente. Cualquier seguro contratado en exceso de estos límites no otorgará cobertura alguna y ameritará devolución íntegra de la prima pagada.

Medidas de Seguridad:

Para la  liquidación de la cobertura de robo la propiedad asegurada debe tener: Protección de fierro o cortinas metálicas en todas las ventanas y puertas vidriadas del primer piso,; incluido claraboyas y tragaluces.(Obligatoria). Y adicionalmente deberá tener al menos alguna de las siguientes condiciones de seguridad:  

  1. a) Alarma de sirena local o conectada a central de monitoreo y que se encuentre conectada cuando no existan moradores.
  2. b) Reja o muro en antejardín y colindantes con las propiedades vecinas, cierre perimetral de madera, mallas de alambre, albañilería, cercos vivos de al menos 2 metros.
  3. c) Chapas de seguridad en todas las puertas y/o candados.
  4. d) El inmueble puede permanecer hasta 30 días sin moradores.
  5. e) Recinto cerrado con cuidador y/o vigilancia 24/7. 

 

Interés Asegurable: Tal como se establece en el Código de Comercio y en las condiciones generales del contrato de seguros, POL120150767, se requiere que el asegurado de la presente póliza acredite en  caso de siniestro, el interés asegurable que, en conformidad a la ley, lo constituye en económicamente interesado en la conservación de los bienes asegurados.

Sobre ello y como condición particular queda expresamente señalado que en caso de siniestro cubierto por la póliza, cuando el riesgo asegurado, ubicado en una misma dirección, posea recintos o bienes de uso comercial y/o habitacional en su conjunto; y en la medida que se acredite que la persona jurídica propietaria de dichos bienes corresponde a una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL) donde el propietario del bien habitacional sea el titular de la EIRL; se extenderá la presente póliza a amparar ambas materias (edificio contenido y maquinarias) y usos (Comercial o habitacional), extendiendo la cobertura a la persona natural y/o EIRL, aun cuando no figure como asegurado en la póliza, reconociendo por este medio su legítimo interés asegurable.  Sobre ello, es preciso considerar que respecto de la indemnización resultante se deberán diferenciar los montos de los perjuicios en base a la calidad sobre cual persona natural o jurídica fueron adquiridos y acreditados por el asegurado, de forma de prevenir cualquier ganancia derivada de la incorporación de impuestos.

Del mismo modo queda definido que para todos los efectos la responsabilidad máxima de indemnización para todas las materias aseguradas corresponderá al monto asegurado para cada materia en su conjunto definido en el plan de las condiciones particulares del contrato de seguros. 

Planes

Montos Asegurados y Primas:

PlanMonto Asegurado Incendio y Daños Materiales UFMonto Asegurado RoboPrima Bruta Mensual UF
0150600,5709
13001200,6763
25002000,9950
37003001,2614
410004001,5679
515004002,1358
620004002,6520
730004003,6200
860006007,0814
910000100011,0588
1015000150014,7449
  • Pago Prima Mensual es mensual y por mes vencido.

El asegurado deberá denunciar el siniestro lo antes posible o dentro de los 90 días después de tomado conocimiento del hecho, en cualquiera de las sucursales BancoEstado, FonoSeguros o al Corredor.

El asegurado debe presentar copia o fotocopia de la póliza de seguros, una copia firmada del formulario de denuncio de siniestros y los documentos que se mencionan a continuación:

  • Fotocopia Cédula Nacional de Identidad.
  • Formulario de denuncio del siniestro.
  • Declaración escrita de las causas y circunstancias de cómo ocurrió el siniestro (descripción del origen y extensión del siniestro, fecha de ocurrencia, dirección afectada, teléfono de contacto, nombre y RUT del asegurado, nombre y datos del denunciante).
  • Indicar si existen otros seguros comprometidos por la misma propiedad, y de ser así, datos de la compañía. aseguradora, Nº de póliza y montos asegurados.
  • Informe técnico de equipos electrónicos afectados, indicando su daño, origen, costo de reparación, costo de reposición.
  • Parte de Carabineros.

Antecedentes adicionales:

  • Para denuncio de las coberturas de incendio y daños materiales: Parte e Informe Pericial de Bomberos.
  • Para denuncio de las coberturas robo con fuerza en las cosas y violencia en las personas: Informe de estado de causa en Fiscalía.
Tipo de Siniestro:Plazo Máximo:
Incendio, Sismo, Robo, y Daños Materiales.90 días corridos desde la fecha en que se toma conocimiento de la ocurrencia del siniestro.
Información de Renovación de Póliza 
Cobertura(s)CompañíaVigencia Póliza Medios de Pago
  DesdeHasta
Incendio, robo con fuerza en las cosas o violencia en las personas, daños materiales por riesgos de la naturaleza, daños materiales causados por terceros.HDI seguros S.A01/01/202631/12/2026

La póliza colectiva es anual, iniciando su vigencia el 01 de enero y terminando el 31 de diciembre de cada año, con renovación automática para el mismo periodo de tiempo.
 

BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado. Seguro intermediado BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume los riegos es HDI seguros S.A. Las condiciones del seguro se encuentran depositadas en la C.M.F. bajo el código POL 12015 0767. 

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