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  • Este producto protegerá al asegurado en caso de su fallecimiento por causa natural, accidental o suicidio. La compañía aseguradora pagará el saldo insoluto de la deuda del crédito.
  • El saldo insoluto considerará hasta 6 cuotas que hayan sido postergadas con ocasión de situación de fuerza mayor, siempre que el monto de la cuota postergada sea igual al de la cuota pactada al momento de contratar el crédito.
  • Dado que la forma de pago de la prima de este seguro es en la modalidad única y anticipada, por toda la duración del crédito, la vigencia de la cobertura individual finalizará junto con el término de la deuda con BancoEstado, manteniéndose hasta esa fecha las condiciones del seguro contratado.
  • Fallecimiento (Desgravamen): Cubre el saldo insoluto de la deuda al último día del mes inmediatamente anterior a la fecha de fallecimiento del cliente asegurado, bajo el supuesto de un servicio regular de la deuda.
  • Tu familia no quedará con la responsabilidad de pagar el saldo de tu crédito, en caso que fallezcas.
  • Prima de pago único y anticipado, cuyo valor se determina en función del monto y plazo del crédito al que se asocia el seguro.
  • Cómoda forma de pago a través del crédito.
  • Fácil contratación.
  • Edad máxima de permanencia 75 años y 364 días.
  • Pena de muerte o por participación del asegurado en cualquier acto delictivo.
  • Participación activa del Asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella; en guerra civil, dentro o fuera de Chile; o en motín o conmoción contra el orden público dentro o fuera del país; o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
  • Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales, cualquier enfermedad, dolencia, o situación de salud, diagnosticada o conocida por el asegurado o por quién contrata a su favor, antes de la contratación del seguro.
  • Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, y en particular en las exclusiones de la misma, no se considerará preexistente aquel cáncer en cuyo caso hayan transcurrido cinco años desde la finalización de su tratamiento radical, sin recaída posterior. Lo anterior, conforme lo indica la Ley N°21.656.
  • •Este seguro no otorga cobertura en aquellos casos en que el asegurado o beneficiario (i) tenga residencia en un país sancionado, (ii) se encuentren incluidos en alguna de las listas o sanciones de las Naciones Unidas, de la Oficina del Tesoro de los EE.UU. (OFAC por sus siglas en inglés), como personas o países designados (Specially Designated Nationals List), y demás aplicables conforme a la legislación local, o (iii) no se reembolsarán gastos médicos por servicios prestados en cualquier país sancionado.
Requisitos

Clientes de BancoEstado, deudor de un Crédito de Consumo – Convenios Especiales y Convenio Especial Familiar y que mantengan una deuda vigente con el Banco.

  • Edad máxima de incorporación, la edad actual del asegurable sumado al plazo total del crédito deberá ser inferior a 84 años y 364 días de edad.
  • Edad máxima de permanencia 76 años de edad.
  • Los clientes cuya edad exceda los 69 años y 364 días, o bien, cuando el monto solicitado de o los créditos asociados a la misma operación bancaria supere las UF 2.000 deberán firmar una Declaración Personal de Salud (DPS)
Planes

La prima del seguro se determina en función del monto y plazo del crédito, resultando de aplicar las tasas indicadas a continuación, sobre el monto inicial del crédito:

Plazo del Crédito (Meses)Tasa Única por mil (‰)
01 – 124,673‰
13 – 249,294‰
25 – 3614,259‰
37 – 4819,515‰
49 – 6025,203‰
61 – 7231,285‰
73 – 10039,005‰
101 – 11439,005‰
115 – 12040,927‰

En caso de siniestro el asegurado, cualquier familiar directo o persona que tenga interés, tendrá un plazo de 240 días corridos, desde la fecha que se toma conocimiento de la ocurrencia del mismo, para dar aviso inmediato de este hecho llamando al FonoSeguros 600 660 1212, en cualquiera de las sucursales BancoEstado, ante el Corredor de Seguros o ante la Compañía de Seguros, oportunidad en la que deberán presentar los documentos que se mencionan a continuación:

Desgravamen
  • En caso de muerte accidental o suicidio, copia del parte policial. 
Datos de Renovación
Información de Renovación Póliza
Cobertura(s)CompañiaVigencia Póliza
  DesdeHasta
FallecimientoMetlife01/01/202631/12/2026

La póliza colectiva es anual, iniciando su vigencia el 01 de enero y terminando el 31 de diciembre de cada año, con renovación automática para el mismo periodo de tiempo, si BancoEstado Corredores de Seguros y la Compañía de Seguros así lo acuerdan.
 

Seguros intermediados por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume los riesgos es MetLife Chile Seguros de Vida S.A., condiciones depositadas en la CMF bajo el código POL 2 2023 0396 . BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado. 

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