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Seguro de Incapacidad Temporal y adicionales para Trabajador independiente con cargo a Tarjeta de Crédito
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Seguro voluntario asociado a Tarjetas de Crédito Visa y MasterCard, que cubre pagos mínimos de la deuda en la tarjeta de crédito, en caso de que el cliente quede incapacitado temporalmente, Hospitalización o Enfermedades graves.
En caso de Incapacidad Temporal, cubre hasta 5 pagos mínimos de la Tarjeta de Crédito Visa o Mastercard, pagados uno en uno, en caso que el Asegurado se vea afectado por una incapacidad a consecuencia de un accidente, enfermedad de origen infeccioso, o alguna de las siguientes enfermedades ( tendinitis, lumbago, túnel carpiano, mioma uterino, apendicitis, insuficiencia cardiaca, prolapso genital, trombosis venosa profunda, enfisema pulmonar, glaucoma, coledocolitiasis, desprendimiento de retina, enfermedad isquémica crónica, enfermedad crónica de hígado, epicondilitis, litiasis, operación a la vesícula), que le impida ejercer total o parcialmente su actividad en forma independiente.
| Días de Incapacidad Temporal | Monto a Indemnizar |
| 20 - 29 | Paga 1 cuota de pago mínimo (equivale a 5% de lo facturado). |
| 30 - 39 | Paga 2 cuota de pago mínimo (equivale a 5% de lo facturado). |
| 40 - 49 | Paga 3 cuota de pago mínimo (equivale a 5% de lo facturado). |
| 50 - 59 | Paga 4 cuota de pago mínimo (equivale a 5% de lo facturado). |
| Más de 59 | Paga 5 cuota de pago mínimo (equivale a 5% de lo facturado). |
Para mayor información consulte en cualquier sucursal de BancoEstado.
Será requisito para la incorporación de un Asegurado, que éste tenga la calidad de Titular de una Tarjeta de Crédito Visa o Mastercard por BancoEstado; y encontrarse vigente y activado el respectivo medio de pago al momento de la contratación del seguro.
Exclusiones:
Incapacidad Temporal
Enfermedades Graves
Hospitalización
Este seguro es de prima semestral y anticipada determinada en función del cupo autorizado de la tarjeta de crédito.
En el evento de producirse una variación en el cupo aprobado de la tarjeta de crédito, la prima del seguro se reajustará de manera automática, reflejándose en el cobro de la prima en el periodo siguiente a aquel en que se experimentó la variación.
| Cobertura / tramo cupo autorizado | $0 a $500.000 | $500.001 a $1.000.000 | $1.000.001 a $2.000.000 | $2.000.001 ó Más |
| 0,2275 UF | 0,3825 UF | 0,5893 UF | 0,9963 UF |
La póliza colectiva tendrá vigencia Desde 01/01/2026 Hasta 31/12/2026 y se renovará automáticamente por un nuevo periodo si BancoEstado y la Compañía así lo acuerdan.
En cualquier momento el Asegurado podrá renunciar y poner término a su cobertura individual, salvo las excepciones legales, mediante aviso escrito dado a BancoEstado, caso en que la cobertura se extinguirá.
La cobertura del seguro, terminará anticipadamente respecto de un Asegurado, cuando: cumpla la edad máxima de permanencia indicada en los requisitos de asegurabilidad, en el instante en que se produzca la extinción del crédito o al fallecimiento del Asegurado.
En caso de término de la póliza, la cobertura contratada para un Asegurado en particular permanecerá vigente hasta el término del período por el cual se haya pagado la prima respectiva.
¿Qué hacer en caso de siniestro?
El Asegurado, cualquier familiar directo o persona que tenga interés en ello, podrá denunciar el siniestro llamando al FonoSeguros 600 660 1212, en cualquier sucursal de BancoEstado a lo largo del país, ante el Corredor de Seguros o ante la Compañía Aseguradora dentro de los siguientes plazos, salvo caso fortuito o causa mayor:
180 días corridos, contados desde la fecha en que se toma conocimiento de la ocurrencia del respectivo siniestro.
El interesado deberá presentar los documentos que se mencionan a continuación:
Cobertura de Incapacidad temporal
Certificado médico que acredite los días de reposo de dicha incapacidad por 20 días o más, identificando claramente el diagnóstico y fecha de emisión.
Documentación que acredite su calidad de tal, como, por ejemplo:
Para continuidad de Incapacidad solo se debe presentar certificado médico indicando fecha de reposo y diagnóstico.
En casos de ser miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad.
Cobertura de Enfermedades Graves
Exámenes médicos comprobatorios con el diagnóstico de la enfermedad (Biopsia en caso de cáncer).
Epicrisis o Informes del médico tratante en donde se indique el diagnóstico de la enfermedad y la fecha del diagnóstico.
Cobertura de Hospitalización
Certificado de Hospitalización (del centro asistencial, Hospital o Clínica) que indique el motivo o razón de la hospitalización.
¿Cuál es el plazo de liquidación y pago siniestro?
El periodo de liquidación de un siniestro, a contar de la fecha de recepción conforme de los antecedentes señalados en las condiciones particulares de cada póliza, no podrá exceder de 11 días corridos. En caso que algún siniestro denunciado no venga acompañado de toda la documentación pertinente o requiera de un mayor análisis, el plazo mencionado se computará desde la fecha en que la compañía reciba los antecedentes faltantes o los exigidos en forma excepcional, sin que, en total, pueda exceder de 45 días corridos desde la fecha de denuncio del siniestro. La compañía deberá avisar de estas situaciones al corredor, a más tardar dentro de los 5 días corridos siguientes a la presentación del respectivo siniestro.
¿Qué hacer en caso de siniestro rechazado?
En caso de siniestro rechazado, se debe indicar al asegurado que existe una instancia de apelación ante el liquidador de seguro o compañía aseguradora, en caso esta última de liquidación directa. Esta debe formalizarse por medio de una carta indicando los motivos o antecedentes adicionales de por qué se considera erróneo el veredicto de dicha liquidación, estos antecedentes deben ser enviados a BancoEstado Corredores de Seguros S.A., Amunátegui N° 232 piso 6, Santiago.
¿Quién intermedia y que compañía cubre los riesgos?
El seguro es intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. Las Compañías que asumen los riesgos son HDI Seguros S.A y MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Condiciones depositadas en la C.M.F. bajo los códigos POL 1 2017 0031 art. N° 3 letra B y POL 2 2014 0304. BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado.
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