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Seguro voluntario para cliente de condición laboral dependiente, que asegura el pago del crédito en caso de desempleo involuntario, cubriendo el pago de sus cuotas; y en caso de fallecimiento, cubre el saldo insoluto de la deuda.
Con el Seguro de Desempleo asociado a Créditos de Consumo Trabajador Dependiente, el asegurado estará protegido ante:
Cubre hasta 5 cuotas en el caso de desempleo involuntario, y se paga de la siguiente forma: las primeras 2 cuotas de una vez (mas un 3,5% de dicha cuota) y luego de 60 días de desempleo, 3 cuotas más de una vez (más un 3,5% de dichas cuotas), esto en razón de gastos administrativos de BancoEstado.
Se otorga, además, el servicio de Asistencial Laboral, donde asesorarán al Asegurado en su proceso de reinserción laboral. Para solicitar este beneficio el asegurado deberá contactarse al número telefónico 800 450 010 las 24 horas del día, los 7 días a la semana.
En caso de consultas relacionadas con este beneficio no dude en llamar al centro de atención al cliente de HDI Seguros S.A. al teléfono 800 450 010, donde un ejecutivo especializado lo atenderá de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas, excepto festivos.
Cubre el saldo insoluto de la deuda al último día del mes inmediatamente anterior a la fecha de fallecimiento del Asegurado, suponiendo un servicio regular de la deuda.
El saldo insoluto considerará hasta 6 cuotas que hayan sido postergadas con ocasión de situación de fuerza mayor, siempre que el monto de la cuota postergada sea igual al de la cuota pactada al momento de contratar el crédito.
| Plazo del Crédito (Meses) | Edad máxima de ingreso a la fecha de otorgamiento del crédito |
| 01 – 12 | 74 años y 364 días. |
| 13 – 24 | 73 años y 364 días. |
| 25 – 36 | 72 años y 364 días. |
| 37 – 48 | 71 años y 364 días. |
| 49 – 60 | 70 años y 364 días. |
| 61 – 72 | 69 años y 364 días. |
| 73 – 84 | 68 años y 364 días. |
Carencias, Deducibles y Exclusiones
La prima del seguro es de pago único y anticipado, determinada en función del monto y el plazo del crédito, y resultará de aplicar las tasas indicadas a continuación sobre el monto inicial del crédito.
| Plazo del Crédito | Tasa única por mil (‰) |
| De 01 a 12 meses | 36,600 |
| De 13 a 24 meses | 45,911 |
| De 25 a 36 meses | 60,981 |
| De 37 a 48 meses | 77,789 |
| De 49 a 60 meses | 91,269 |
| De 61 a 72 meses | 105,494 |
| De 73 a 84 meses | 121,927 |
¿Qué hacer en caso de siniestro?
El Asegurado, cualquier familiar directo o persona que tenga interés en ello, podrá denunciar el siniestro llamando al FonoSeguros 600 660 1212, en cualquier sucursal de BancoEstado a lo largo del país, ante el Corredor de Seguros o ante la Compañía Aseguradora dentro de los siguientes plazos, salvo caso fortuito o causa mayor:
Coberturas de Desgravamen: 240 días corridos, contados desde la fecha que se toma conocimiento de la ocurrencia del respectivo siniestro.
Cobertura de Desempleo: 180 días corridos, contados desde la fecha en que se toma conocimiento de la ocurrencia del respectivo siniestro.
El interesado deberá presentar los documentos que se mencionan a continuación para cada cobertura:
En caso de que el asegurado sea empleado por una persona natural o empresa privada, deberá presentar: Fotocopia simple del finiquito firmado por el trabajador ante notario.
En casos de ser funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad.
Certificado de los últimos 6 meses de Cotizaciones del Sistema Previsional o AFP, con fecha de emisión al día 25 del mes siguiente de cumplidos los 60 días de Desempleo involuntario.
Importante: Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía, si lo estima necesario, podrá solicitar o requerir otros documentos o antecedentes que le permitan evaluar el siniestro denunciado.
Vigencia del Seguro
La póliza colectiva es anual, iniciando su vigencia el 01 de enero y terminando el 31 de diciembre de cada año, con renovación automática para el mismo periodo de tiempo.
En cualquier momento el Asegurado podrá renunciar y poner término a su cobertura individual, salvo las excepciones legales, mediante aviso escrito dado a BancoEstado, caso en que la cobertura se extinguirá.
La cobertura del seguro, terminará anticipadamente respecto de un Asegurado, cuando: cumpla la edad máxima de permanencia indicada en los requisitos de asegurabilidad, en el instante en que se produzca la extinción del crédito o al fallecimiento del Asegurado.
En caso de término de la póliza, la cobertura contratada para un Asegurado en particular permanecerá vigente hasta el término del período por el cual se haya pagado la prima respectiva.
¿Cuál es el plazo de liquidación y pago siniestro?
Desgravamen: El período de liquidación y pago de un siniestro no podrá exceder de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción en el Departamento de Siniestros de la Compañía de todos los antecedentes requeridos. Tratándose de siniestros que no vengan acompañados de toda documentación pertinente o en que se requiera de un mayor análisis, la Compañía se reserva el derecho a pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que se reciban tales antecedentes o los exigidos en forma excepcional, con todo, la Compañía deberá avisar dicha situación al Corredor, a más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación del siniestro.
Desempleo: El periodo de liquidación de un siniestro, a contar de la fecha de recepción conforme de los antecedentes señalados en las condiciones particulares de cada póliza, no podrá exceder de 11 días corridos. En caso que algún siniestro denunciado no venga acompañado de toda la documentación pertinente o requiera de un mayor análisis, el plazo mencionado se computará desde la fecha en que la compañía reciba los antecedentes faltantes o los exigidos en forma excepcional, sin que, en total, pueda exceder de 45 días corridos desde la fecha de denuncio del siniestro. La compañía deberá avisar de estas situaciones al corredor, a más tardar dentro de los 5 días corridos siguientes a la presentación del respectivo siniestro.
¿Qué hacer en caso de siniestro rechazado?
En caso de siniestro rechazado, se debe indicar al asegurado que existe una instancia de apelación ante el liquidador de seguro o compañía aseguradora, en caso esta última de liquidación directa. Esta debe formalizarse por medio de una carta indicando los motivos o antecedentes adicionales de por qué se considera erróneo el veredicto de dicha liquidación, estos antecedentes deben ser enviados a BancoEstado Corredores de Seguros S.A., Amunátegui N° 232 piso 6, Santiago.
¿Quién intermedia y que compañía cubre los riesgos?
El seguro es intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. Las Compañías que asumen los riesgos son HDI Seguros S.A y MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Condiciones depositadas en la C.M.F. bajo los códigos POL 1 2020 0215 art. N° 3 letra A y POL 2 2023 0396. BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado.
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